En reunión mantenida en la con el Director General del Imserso nos han aclarado los pasos a seguir para recuperar la cotización a la Seguridad Social de l@s cuidador@s en el entorno familiar.
1.- En el caso de l@s cuidador@s que optaron por seguir cotizando por su cuenta, NO TENDRÁN QUE HACER NADA, desde la administración cruzará datos y empezarán a cotizar desde el 1 de abril.
2.- L@s cuidador@s que optaron por dejar de cotizar deberán acudir a la Seguridad Social con la resolución de PIA donde se reconozca la prestación de cuidados en el entorno familiar A PARTIR DEL 1 de abril. Si este paso se da en un plazo no superior a 90 días, la cotización constará desde el 1 de abril; si es posterior, desde el día de la solicitud.
3.- Aquellos expedientes nuevos en los que se conceda como servicio la prestación de cuidados en el entorno familiar, y tras la solicitud pertinente en la Seguridad Social, les contará desde el día de entrada en vigor el PIA.
4.- Los cuidador@s que estén trabajando en jornada parcial, la cotización le cubrirá hasta la jornada completa.
Recordad que a esta cotización sólo tienen derecho aquellas personas que tengan como prestación de dependencia la de cuidados en el entorno familiar, única y exclusivamente. Tampoco cotizarán, lógicamente, los cuidadores familiares que se encuentren de alta en la Seguridad Social por su trabajo en la empresa privada o sean autónomos en su empresa; ni los que ya estén disfrutando de una pensión de jubilación.
Es importante y necesario para el colectivo la movilización para seguir recuperando DERECHOS, ya tenemos experiencia que todas LAS POLíTICAS y tod@s l@s los politi@s no tienen las mismas prioridades.