En estas páginas se describe la andadura, llena de obstáculos, de una familia que ha solicitado el derecho a ser atendido de uno de sus miembros en situación de dependencia valorada como Grado 3, Nivel 2, es decir, un “gran dependendiente”, según la norma.
El proceso del reconocimiento del derecho sabemos que es largo, tortuoso en cuanto a la documentación solicitada, la desinformación, la ida y venida de profesionales, la sensación de que no acabará nunca, puesto que resulta una quimera que se dé el cumplimiento de plazos que marca el texto legal... Este proceso se acompaña del dolor de la familia; del difícil desembolso económico para hacer frente a una plaza residencial privada para una persona suprasistida (porque la pública ya nos hicieron saber que era imposible); de la degeneración y el empeoramiento de la salud de la persona en situación de dependencia; del progresivo deterioro en las relaciones familiares que una situación de estas características mantenida durante muchas años conlleva; de una vigilancia y seguimiento absoluto al centro residencial que debe atender las necesidades de tu ser querido; de un cansancio psicológico que se mezcla con tristeza al darte cuenta que la calidad de vida, su salud, el dolor que padece, está expuesto a múltiples riesgos y no precisamente fisiológicos. Y en este calvario, en esta carrera interminable de obstáculos, aparece una ley que nos hace sabedores de un nuevo derecho: el derecho a ser atendido por encontrarse en una situación de dependencia y el derecho a que la familia no se sienta como el único posible colchón.
Pero nuestra administración debe considerar que hay que ser “merecedores” de tal “premio” que no “derecho”, que además del calvario propio de la situación vivida se deben añadir nuevos obstáculos que muestren nuestra capacidad ciudadana de “aguante”, sometiendo nuestra conciencia a un “lavado” en el que quede claro que no hay derechos sino aquellas ayudas que se te concederán si superas las pruebas, y sobre todo, si haces voto de silencio y asumes que “lo que te den, bueno es”, “ que más vale tarde que nunca”, “¿qué le vamos hacer? como familia debemos cuidarlo, aunque nos cueste la ruina, la salud mental, la salud familiar” y que “hay gente que esta peor...”
En definitiva, como parte de este entrenamiento de dos años de espera, de un maltrato continuado, del silencio de la administración cuando no de la mala información que ésta ofrece, hemos tenido que soportar una llamada por teléfono, una forma un tanto irregular de relacionarse con el ciudadano, sin nada por escrito, en la que por fin!, se nos hace merecedores de una plaza residencial!
Lo sorprendente de la llamada, lo significativo si pensamos en la relación administración-ciudadano/a, es la misión del profesional (no sabemos si funcionario o contratado por la mercantil AVAPSA) que nos ofrecía – a modo del comercial más burdo- plazas en residencias del Grupo Savia, sin alternativa. Bueno sí, la alternativa de paralización del procedimiento si se solicitaba una prestación vinculada al servicio o si se solicitaba la permanencia de la persona en la residencia en la que estaba, en la que tras años de esfuerzo ya se la conocía, se conocía su enfermedad y los requerimientos específicos de cuidado, se encontraba próxima al domicilio de los familiares, etc. En definitiva, en lugar de velar por el interés del ciudadano, incluso por la supervivencia del mismo al peligrar su vida si se producen cambios, y más aún, ejercer el derecho a la plaza residencial mediante la prestación vinculada al servicio o plaza concertada en el propio centro, opciones que permite la Ley 39/2006 y que incluso se habían prescrito por el profesional del Servicio Municipal de la Dependencia, se insiste en que la única opción es la plaza en las residencias en pueblos alejados del área metropolitana que pertenecen, casualmente, al Grupo Savia.Esta administración-nada pública- prefiere velar por los intereses de la familia, de una familia, la de Cotino, por los intereses del Grupo Savia, y los “servidores” de la administración recomiendan en un estilo de mal comercial “coja lo que le ofrezco que hay lista de espera, y de aquí a que se le de lo que quieren...”; vamos esto suena al estribillo de cualquier mercadillo “venga nenas, que me lo quitan de las manos” ¿Dónde queda en este triste escenario el derecho del ciudadano? ¿dónde quedan las políticas de apoyo a la familia que debieran expresarse en estas circunstancias?, ¿dónde queda la responsabilidad pública de responder a sus necesidades? ¿dónde queda el criterio de los profesionales que atienden a los mismos? ¿dónde queda incluso la ideología conservadora que procesan pero que impide, en la práctica, la “libre competencia”?
El proceso del reconocimiento del derecho sabemos que es largo, tortuoso en cuanto a la documentación solicitada, la desinformación, la ida y venida de profesionales, la sensación de que no acabará nunca, puesto que resulta una quimera que se dé el cumplimiento de plazos que marca el texto legal... Este proceso se acompaña del dolor de la familia; del difícil desembolso económico para hacer frente a una plaza residencial privada para una persona suprasistida (porque la pública ya nos hicieron saber que era imposible); de la degeneración y el empeoramiento de la salud de la persona en situación de dependencia; del progresivo deterioro en las relaciones familiares que una situación de estas características mantenida durante muchas años conlleva; de una vigilancia y seguimiento absoluto al centro residencial que debe atender las necesidades de tu ser querido; de un cansancio psicológico que se mezcla con tristeza al darte cuenta que la calidad de vida, su salud, el dolor que padece, está expuesto a múltiples riesgos y no precisamente fisiológicos. Y en este calvario, en esta carrera interminable de obstáculos, aparece una ley que nos hace sabedores de un nuevo derecho: el derecho a ser atendido por encontrarse en una situación de dependencia y el derecho a que la familia no se sienta como el único posible colchón.
Pero nuestra administración debe considerar que hay que ser “merecedores” de tal “premio” que no “derecho”, que además del calvario propio de la situación vivida se deben añadir nuevos obstáculos que muestren nuestra capacidad ciudadana de “aguante”, sometiendo nuestra conciencia a un “lavado” en el que quede claro que no hay derechos sino aquellas ayudas que se te concederán si superas las pruebas, y sobre todo, si haces voto de silencio y asumes que “lo que te den, bueno es”, “ que más vale tarde que nunca”, “¿qué le vamos hacer? como familia debemos cuidarlo, aunque nos cueste la ruina, la salud mental, la salud familiar” y que “hay gente que esta peor...”
En definitiva, como parte de este entrenamiento de dos años de espera, de un maltrato continuado, del silencio de la administración cuando no de la mala información que ésta ofrece, hemos tenido que soportar una llamada por teléfono, una forma un tanto irregular de relacionarse con el ciudadano, sin nada por escrito, en la que por fin!, se nos hace merecedores de una plaza residencial!
Lo sorprendente de la llamada, lo significativo si pensamos en la relación administración-ciudadano/a, es la misión del profesional (no sabemos si funcionario o contratado por la mercantil AVAPSA) que nos ofrecía – a modo del comercial más burdo- plazas en residencias del Grupo Savia, sin alternativa. Bueno sí, la alternativa de paralización del procedimiento si se solicitaba una prestación vinculada al servicio o si se solicitaba la permanencia de la persona en la residencia en la que estaba, en la que tras años de esfuerzo ya se la conocía, se conocía su enfermedad y los requerimientos específicos de cuidado, se encontraba próxima al domicilio de los familiares, etc. En definitiva, en lugar de velar por el interés del ciudadano, incluso por la supervivencia del mismo al peligrar su vida si se producen cambios, y más aún, ejercer el derecho a la plaza residencial mediante la prestación vinculada al servicio o plaza concertada en el propio centro, opciones que permite la Ley 39/2006 y que incluso se habían prescrito por el profesional del Servicio Municipal de la Dependencia, se insiste en que la única opción es la plaza en las residencias en pueblos alejados del área metropolitana que pertenecen, casualmente, al Grupo Savia.Esta administración-nada pública- prefiere velar por los intereses de la familia, de una familia, la de Cotino, por los intereses del Grupo Savia, y los “servidores” de la administración recomiendan en un estilo de mal comercial “coja lo que le ofrezco que hay lista de espera, y de aquí a que se le de lo que quieren...”; vamos esto suena al estribillo de cualquier mercadillo “venga nenas, que me lo quitan de las manos” ¿Dónde queda en este triste escenario el derecho del ciudadano? ¿dónde quedan las políticas de apoyo a la familia que debieran expresarse en estas circunstancias?, ¿dónde queda la responsabilidad pública de responder a sus necesidades? ¿dónde queda el criterio de los profesionales que atienden a los mismos? ¿dónde queda incluso la ideología conservadora que procesan pero que impide, en la práctica, la “libre competencia”?
Familiar de persona dependiente. Una entre tantas que están sufriendo la NO aplicación de la LEY por el delito de vivir en la Comunidad Valenciana. Esta C. V. que tanto queremos