lunes, 13 de mayo de 2013

El TC anula la ley autonómica que denegó la dependencia por silencio administrativo

El Defensor del Pueblo recurrió la norma de 2007 que el Consell enmendó al año siguiente de aprobarla


El Tribunal Constitucional (TC) obliga a la Generalitat a notificar personalmente a quien deniegue una prestación que haya solicitado en amparo a la ley de Dependencia. El alto tribunal ha declarado inconstitucional la disposición adicional número once de la ley de Presupuestos de la Generalitat de 2008 que rezaba: "en los procedimientos para el reconocimiento de la situación de dependencia y del derecho a las prestaciones del sistema valenciano para las personas dependientes, el vencimiento del plazo máximo sin haberse dictado y notificado resolución expresa determinará la desestimanción de la solicitud formulada por silencio administrativo". El Consell ya rectificó esta norma en 2009, según confirmaron fuentes de la Conselleria de Bienestar Social.

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