¡¡¡ IMPORTANTE!!!
En las últimas semanas, familiares de personas dependientes nos habéis estado informando de la recepción de notificaciones por parte de la Conselleria de Benestar Social, en la que se os insta a presentar la Declaración de la Renta correspondiente al Ejercicio 2013. La mayoría de estas notificaciones, además van dirigidas a personas dependientes menores de edad. Tras consultar con el todavía Secretario Autonómico, Manuel Escolano, este nos confirmaba que se trataba de un simple procedimiento administrativo, por el que de oficio, o a instancia de la persona interesada, se requerían esos datos para calcular o modificar la capacidad económica, algo que nos resulta incomprensible, dado que el TSJ ya dejó claro que no es aplicable ningún tipo de capacidad económica a la persona beneficiaria, toda vez que declaró nulos los recortes en las prestaciones. Por lo tanto, lo que tendría que hacer la Conselleria de Benestar, es revisar de oficio todas las prestaciones –no para modificar la capacidad económica- sino para restaurar las cuantías que establece el gobierno central derogando todos los copagos.
Todo esto, agravado por el hecho de que la mayoría de estas cartas están dirigidas a personas dependientes menores de edad. Debiera saber la Administración que l@s menores no tienen capacidad legal, como tampoco la tienen las personas incapacitadas por sentencia judicial, por lo que cualquier notificación dirigida directamente a ell@s no surte efecto. A mayor abundamiento, la mayoría de estas personas, en su caso padres, madres o tutores legales firmaron una autorización de consulta de sus datos fiscales, por lo que no tiene justificación que se les tenga que importunar solicitándolos de nuevo, cuando la Administración tiene acceso a ellos.
Paralelamente, y sin relación con lo expuesto anteriormente, también están empezando a llegar las resoluciones correspondientes a las revisiones de grado y nivel en casos en los que se produjo un agravamiento de grado respecto sin que se hubiera adecuado o aumentado la la prestación al nuevo grado. En todo caso, y como ya indicamos hace unas semanas, cuando en plena campaña electoral empezaron a llegar de forma masiva nuevas resoluciones, aconsejar a las personas beneficiarias o a sus familias que se asesoren de que dichas cuantías y las fechas desde que se conceden los atrasos han sido correctamente calculadas dado que la experiencia nos dice que la Administración no suele pagar los atrasos íntegros.
Respeto, Dignidad y Justicia Social.
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