La magistrado-juez del
juzgado de lo Contencioso-Administrativo número tres de Valencia ha estimado el
recurso presentado por la representación de una mujer con discapacidad y le ha
reconocido el derecho a que la Generalitat le reintegre las cantidades abonadas
por el copago, junto con los intereses legales, las cuotas y los intereses que
se devenguen, al considerar que el Decreto 113/2013 de 2 de agosto del Consell
no es conforme a derecho y declarar su nulidad.
Así lo
establece en una sentencia de fecha de 20 de mayo, en la que estima el recurso
presentado por la afectada contra la Dirección Territorial de Bienestar Social
de la Generalitat, en impugnación de la resolución de abril de 2014 que
confirmó la cuantificación de la aportación de la usuaria al coste del servicio
de atención residencial en vivienda tutelada para enfermos mentales. LEER MAS
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